jueves, 3 de junio de 2010

Editorial




En esta edición explicaré en forma breve sobre en que consiste la ley sobre la violencia en los estadios y el peso que ésta tiene al dictaminar alguna sentencia.
Como el caso de Cristián Toledo Cariaga, que causó daños a bienes en los alrededores de un recinto deportivo el 21 de diciembre del 2003, cuando Colo-Colo jugaba ante Cobreloa.
Toledo dio golpes de pie a vehículos que circulaban por el lugar, en particular a un Daewoo Heaven, el cual quedó con daños en una de sus puertas delanteras.
El hecho fue constatado a Carabineros quienes detuvieron a Toledo y lo pusieron a disposición de tribunales y el fallo fue el siguiente:

1.- 541 días de presidio menor en su grado medio.
2.- Accesoria de suspensión de cargo y oficio público durante el tiempo de la condena.
3.- Accesorias especiales de inhabilitación absoluta por quince años para ser dirigente de un club deportivo de fútbol profesional y la prohibición de asistir, durante el tiempo de la condena, a los futuros espectáculos de fútbol profesional, con obligación de presentarse en los días y horas en que ellos se realicen, a la unidad policial de Carabineros de Chile más cercana a su domicilio.

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